« DIARIOS DE UN ECONOMISTA XLV. Economía y Política. Historias Ejemplares. | Inicio | DIARIOS DE UN ECONOMISTA XLVI. Mercado y competencia. »
Cash a cuatro
Publicado previamente en Expansión, el 26 de junio de 2003.
Uno. Es sabido que la naturaleza de la propiedad de las cajas de ahorro dificulta la fusión de las mismas, especialmente cuando su sede principal se sitúa en comunidades autónomas diferentes. También lo es que, en los últimos años, se han producido dos fenómenos que atañen a la banca comercial española: su concentración mediante fusiones y absorciones y la pérdida de cuota de mercado en favor de las cajas de ahorro. No parece absurdo sostener que el segundo fenómeno ha resultado, al menos en parte, del primero, lo que debería conducir a poner en cuarentena los presuntos milagros de las fusiones bancarias nacionales.
Dos. Recientemente, el gobernador del Banco de España ha querido recomendar a las cajas su repliegue hacia las comunidades autónomas de origen, como si no hubieran pasado veinticinco años desde la supresión de las limitaciones al crecimiento de las cajas más allá de las fronteras regionales. Sólo cabe preguntarse la razón de esta aparente vuelta atrás, que no debería ser la de propiciar que los bancos recuperen en los despachos lo que han perdido en los mercados.
Tres. El Gobierno insiste, igualmente, en la necesidad de que las cajas den transparencia a las remuneraciones de los miembros de sus órganos de gobierno. Se entiende mal que las cajas no hayan querido adelantarse a este signo de los tiempos modernos, pues, hasta donde se sabe, las retribuciones pecuniarias por dietas y asistencias son modestísimas, al menos si las comparamos con las disfrutadas por sus colegas de la banca española. Sorprende igualmente que las cajas hayan mostrado una sordera superlativa en relación a la adopción de códigos de buen gobierno, instada hace bastante tiempo por parte del mismo gobernador del Banco de España. En otros lares las empresas han aprendido que la adopción de reglas formales de buen gobierno las protege de sustos.
Cuatro. Llama la atención la apelación a que las cajas de ahorro sean transparentes respecto de las operaciones crediticias con los partidos políticos. Primero, porque el ciudadano confiado pensaba que la financiación transparente de los partidos políticos era asignatura aprobada por la democracia española. Segundo, porque este género de exigencias ha suscitado el rechazo de la oposición parlamentaria, que ve en esta exigencia una maniobra más en favor de la privatización de las cajas. Si los partidos políticos están en el origen de las designaciones de una fracción significativa de los órganos de gobierno de las cajas, ¿no es razonable que las operaciones financieras entre ambas instituciones estén sujetas a exigencias especiales en materia de transparencia informativa?. Incluso más: ¿no sería conveniente someter a un régimen especial de escrutinio por parte de los órganos de gobierno de las cajas los riesgos cuya contraparte, directa o indirecta, sea persona física que ostente cargo público en cualquier administración, o que desempeñe funciones ejecutivas o de gobierno en las mismas?
Posted by Alberto Lafuente on at 11:59 PM | Enlace permanente
TrackBack
URL del Trackback para esta entrada:
http://www.typepad.com/t/trackback/440598
Listados abajo están los enlaces de los weblogs que le referencian Cash a cuatro: